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¿VIVA AEROBUS EXTRAVIÓ O DAÑÓ TU EQUIPAJE?
¿VIVA AEROBUS TE DEJÓ ESPERANDO?
¿VIVA AEROBUS TE COBRÓ INDEBIDAMENTE POR LLEVAR TU EQUIPAJE?
De acuerdo con la Ley de Aviación Civil, las aerolíneas que presten servicio de transporte a pasajeros, serán responsables por el retraso en sus vuelos, de la siguiente forma: Retraso de vuelos:
De acuerdo con la Ley de Aviación Civil, las aerolíneas que presten servicio de transporte a pasajeros, serán responsables por los daños causados al equipaje en el transporte. Será responsable del equipaje facturado desde el momento en que expida el talón correspondiente hasta que entregue el equipaje al pasajero en el punto de destino.
Los pasajeros que sufran daño o extravío en su equipaje de mano y/o facturado tienen derecho de ser indemnizados por la aerolínea que corresponda. La indemnización por la destrucción o avería del equipaje de mano será de hasta ochenta Unidades de Medida y Actualización. Por la pérdida o avería del equipaje facturado la indemnización será equivalente a la suma de ciento cincuenta Unidades de Medida y Actualización
De acuerdo con la Ley de Aviación Civil, las aerolíneas que presten servicio de transporte a pasajeros, deben permitir a los pasajeros traer consigo una maleta de hasta 25 kilogramos y hasta dos piezas de equipaje de manos que no excedan de los 10 kilogramos entre ambas, sin costo alguno.
Si la aerolínea realizo cobro por documentar equipaje sin cumplir lo señalado en el párrafo anterior, deberá regresar el monto más una bonificación del 20% como mínimo.
Boleto /reservación
Reclamación ante la aerolínea
Fotografía del equipaje (en su caso)
Identificación oficial
Cualquier documento relacionados (en su caso)
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